¿Sabías que ahora puedes mover tus ahorros libremente entre AFP y ONP?
- Castillón, Chavesta & Asociados
- hace 4 días
- 4 min de lectura
Cuando se habla de pensiones en el Perú, una de las dudas más frecuentes es si afiliarse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), y cuál puede garantizar una jubilación más tranquila. Sin embargo, esa idea suele simplificar demasiado un problema mucho más profundo.
La libertad legal para trasladar aportes entre el Sistema Nacional de Pensiones y el Sistema Privado no resuelve los problemas estructurales de insuficiencia previsional.
En este artículo te explicaremos cómo las reformas recientes introducen un cambio en los beneficios que podrían recibir los jubilados, el sistema de pensiones que más te conviene y como trasladarte entre uno y otro de la manera correcta sin incurrir en algún problema legal a futuro.

Diferencias Clave
En primer lugar, la AFP funciona bajo un esquema individual. Es decir, cada afiliado acumula fondos en una cuenta propia, y el monto de su pensión dependerá de lo que haya aportado durante su vida laboral y de la rentabilidad obtenida por esos fondos.
Por su parte, la ONP se basa en un sistema de reparto, en el que los aportes de los trabajadores activos sirven para financiar las pensiones de quienes ya están jubilados (terceros). En este modelo, la pensión no depende de una cuenta individual, sino del cumplimiento de ciertos requisitos legales, como el número de años de aportes.
En el ámbito jurídico, la pensión no debe verse únicamente como una medida de ahorro o inversión, se trata de una garantía vinculada al derecho de la seguridad social, la cual busca proteger a la persona frente a contingencias como la vejez, la invalidez o la pérdida de capacidad laboral.

La Solución
En medio del debate sobre las pensiones en el país, en septiembre del 2025 el Estado puso en ejecución la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, buscando así reformar y reorganizar el sistema de pensiones ampliando la cobertura previsional y garantizando un acceso más amplio a la seguridad social.
Uno de los puntos más importantes de esta ley es que plantea una estructura previsional más integrada entre la ONP y AFP, buscando facilitar el traslado entre ambos grupos y promover una mayor protección para los afiliados.
La reforma se aprobó en un contexto en el que el sistema previsional enfrentaba una cobertura reducida con altos niveles de informalidad laboral, retiros sucesivos de los fondos de AFP y una creciente desconfianza ciudadana sobre la posibilidad de acceder a una pensión digna.
La ley introdujo cambios concretos que buscan corregir las principales fallas estructurales:
Pensión mínima garantizada: Se creó una pensión mínima de S/600 mensuales, aplicable tanto para afiliados a la ONP como a las AFP.
Afiliación universal: A partir del 1 de junio de 2027, todos los peruanos deberán afiliarse obligatoriamente al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de Pensiones.
Libre traslado entre sistemas: El afiliado puede trasladarse entre uno y otro de manera voluntaria y transparente, aceptando las condiciones y beneficios del régimen previsional.
Aportes para independientes: Desde 2028, los trabajadores independientes que emitan recibos por honorarios deberán aportar de manera obligatoria con una tasa progresiva que comenzará en 2%.
Aporte por consumo: Se crea un mecanismo donde el Estado aporta un porcentaje basado en los gastos realizados por los afiliados, acreditado en una cuenta especial y sustentada en boletas de venta electrónicas.
¿Cómo hacer el traslado?
Tomar una decisión sobre el sistema previsional no siempre es sencillo. Cada caso tiene características distintas relacionadas con la edad, los años de aporte, la situación laboral y las expectativas de jubilación. Por ello, antes de solicitar un traslado entre la AFP o la ONP, es importante contar con una evaluación adecuada que permita conocer las implicancias legales y previsionales de esa decisión.
En Castillón, Chavesta & Asociados te ayudamos a entender cuál es la alternativa más adecuada según tu situación en particular. Nuestro equipo te ayudará a resolver cualquier duda relacionada con:

Evaluación de aportes y años de contribución
Orientación sobre requisitos para acceder a una pensión
Procedimientos ante AFP y ONP
Asesoría en trámites vinculados a derechos pensionarios
Conclusión
La Ley N.° 32123 representa un paso importante hacia un sistema más integrado y accesible, pero su impacto real dependerá de cómo se implemente y de que cada trabajador tome decisiones informadas sobre su situación particular.
Por ello, más allá del debate entre sistemas, lo fundamental es contar con orientación especializada antes de tomar cualquier decisión previsional.
Un traslado mal ejecutado o una elección equivocada puede tener consecuencias que se reflejen recién al momento de jubilarse, cuando ya es demasiado tarde para corregirlas.
Si deseas escuchar este contenido, puedes darle clic al botón de abajo para disfrutar del artículo en nuestro canal de YouTube.

En Castillón, Chavesta & Asociados (CCYA) ofrecemos asesoría legal especializada a personas naturales y empresas, analizando cada caso de manera estratégica y confidencial, con el respaldo de un equipo dedicado a brindarte la mejor atención y ayuda posible.
Si tienes consultas o necesitas asesoría legal, contáctanos para una evaluación profesional.




Comentarios